Jueces temerosos
├é┬íChe├óÔé¼┬ª Che ápe la Constitución├óÔé¼┬ª! (├é┬íYo├óÔé¼┬ª Yo soy aquí la Constitución!). Esta era la frase que a menudo repetía un ya jubilado juez de Garantías ahora convertido en todo un influencer por el club de sus amores.
Raúl Ramírez
Y, pensándolo bien, cuánta razón tenía. Es que el juez de Garantías es el que tiene que hacer cumplir la Carta Magna en los procesos penales. De ahí su nombre, de las garantías constitucionales. La Ley Suprema es letra muerta si no se aplica.
El conocido artículo 17 (por lo menos en tribunales), que habla de las garantías procesales. La presunción de inocencia, el derecho a elegir abogado, el ser juzgado por jueces imparciales, el control de las pruebas, el acceso al proceso, entre otros.
Estos magistrados son los que reciben las imputaciones de los agentes fiscales. Son quienes deben controlar que cumplan con las condiciones legales, admitirlas o rechazarlas (esto rara vez se hace), y luego aplicar las medidas cautelares, para que una persona esté sometida al proceso.
No obstante, por diversos motivos, muchas veces no cumplen con su rol. Las modificaciones de las leyes, específicamente el artículo 245 del Código Procesal Penal, que ahora les obliga a aplicar la prisión preventiva para los casos denominados crímenes, por un lado.
El miedo a la crítica de la prensa y de las redes sociales, sumado al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados conspiran para que los jueces temerosos no apliquen la ley como deberían.
Tenemos casos en donde un juez anuló la acusación fiscal por secuestro porque la misma no reunía las condiciones mínimas, y fue destituido. O dos camaristas enjuiciados porque se animaron a anular el caso Curuguaty, por ejemplo.
Es más, existen jueces suspendidos sin goce de sueldo y sin posibilidad de renunciar. Se violan los derechos humanos desde la propia Corte. La presunción de inocencia, principalmente.
Pregunto, cómo van a pagar sus cuentas, mantener a sus familias. Ni siquiera le dan la posibilidad de salir a trabajar en otro lado. Si cometieron delitos, que los impute la Fiscalía, pero no los pueden tener así. Lo peor es que los gremios de magistrados no dicen nada.
También hay jueces que dicen que el procesado merecía la libertad, pero si se la daba, “mañana aparezco en los diarios, y luego voy al Jurado…”. Es que los mensajes dados desde el JEM, manejado en forma política en la mayoría de los casos, hacen que los juzgadores tengan miedo.
Sin embargo, hay que recordar que el magistrado es el que debe aplicar la Constitución en los casos que tiene a su cargo. Es el director del proceso, y tanto la Fiscalía como la defensa solo son partes. Acá viene una queja reiterada de los abogados, que dicen que muchas veces los jueces hacen lo que los fiscales dicen, sin siquiera analizar los pedidos. Son mandaderos, alegan.
Aunque tampoco los abogados se salvan. Desde la aplicación del Código Procesal Penal, siempre buscaron la manera de eludir los juicios orales. Al principio, era alargarlo. Luego, los parlamentarios cambiaron la ley, por lo que modificaron los métodos, las llamadas chicanas.
Entonces tenemos presión de todos lados. Desde Fiscalía y defensa. Desde la prensa y las redes sociales. Desde el Jurado de Enjuiciamiento. Desde los políticos y magistrados superiores. Al final, el trabajo es bastante complicado, pero la que pierde siempre es la Constitución, el artículo 17.
Es que con ello no se garantiza el debido proceso. No se aplican las garantías para todas las partes. No se cumple el papel que les corresponde dentro del complejo sistema legal. La nación sufre por su Poder Judicial temeroso que queda totalmente desacreditado ante la ciudadanía.
De esta manera, solo cuando los jueces asuman realmente el rol que les corresponde dentro de los procesos, siendo el tamiz efectivo de las imputaciones fiscales, y de las chicanas de la defensa, aplicando siempre la Constitución, mejorará la Justicia paraguaya.





