Pedro Juan Caballero - 8 de junio de 2026
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Nueva normativa de vacunación contra fiebre amarilla: ¿Qué deben tener en cuenta los viajeros?

Publicado el 28/12/2024

La ministra de Turismo, Angie Duarte, anunció una nueva normativa de vacunación para viajeros contra la fiebre amarilla. Todo ciudadano que provenga de zonas de riesgo sin el Certificado Internacional de Vacunación, será sometido a control sanitario por seis días.


El certificado deben presentar los paraguayos y extranjeros que residentes que viajen o regresen de zonas de riesgo.

Foto: Gentileza.

El Gobierno dispuso que que todo ciudadano paraguayo o extranjero con radicación permanente en el país, que provenga de una zona de riesgo de fiebre amarilla y no posea certificado internacional de vacunación, su ingreso al país estará a cargo de las autoridades competentes y será sometido a control sanitario por un período de seis días, a partir de su ingreso.

No podrán ingresar al país los extranjeros no residentes que no posean el certificado y los que tengan el certificado, pero no cumplen los 10 días de haberse vacunado.

Las zonas de riesgo se actualizan según la Alerta Epidemiológica de OPS/OMS.

El certificado deben presentar los extranjeros provenientes de zonas de riesgos como Bolivia (Santa Cruz), Brasil (Amazonas, Minas Gerais, São Paulo, Río Grande do Sul y Roraima), Colombia (Caquetá, Huila, Nariño, Putumayo, Vaupés y Tolima), Guayana (Boa Vista y Siparuni) y de Perú (Huánuco, Junín, Madre de Dios, San Martín y Ucayali).

Además de los paraguayos y extranjeros residentes que viajen o regresen de zonas de riesgo.

La ministra de Turismo, Angie Duarte, informó a través de su red social X, que la Resolución 871/24 es el resultado de un trabajo interinstitucional entre el Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Migraciones, que establece la obligatoriedad de presentar el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla en formato físico o digital.

Excepciones

Personas con contraindicaciones médicas para recibir la vacuna deberán demostrar su situación a través de un certificado expedido por un profesional médico o por la autoridad sanitaria del país de origen.

Menores de 1 año y mayores de 59 años.

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