Para jubilarse a los 10 años la gente "común" debe quedarse inválida, los legisladores no
Los parlamentarios actuales se autoconcedieron una jubilación con solo 10 años de aporte, mientras que la Corte Suprema de Justicia dispuso que los exlegisladores puedan percibir el 100% de la jubilación de acuerdo al salario actual de los congresistas y no de lo que dieron en su momento. La situación de lo
Los aportantes al IPS deben atravesar una serie de obstáculos para pasar a ser jubilados.
La sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictaminó que el exsenador colorado Bader Rachid Lichi, quien estuvo 25 años en el Parlamento, cobre el mismo porcentaje del salario actual de los congresistas, pese a que él en su momento aportó a la caja un monto menor.
De esta manera se abrieron las puertas a que más exlegisladores cobren su jubilación con el salario actual de un parlamentario activo.
El argumento que los ministros del Poder Judicial alegaron fue respetar la garantía de igualdad ante la ley para que pueda percibir el 100 % del salario de los actuales políticos del Congreso.
Sin embargo, Carlos Cabral, director de Jubilaciones y Pensiones del Instituto de Previsión Social (IPS), rechazó que “el ciudadano común” -tal como dice el diputado Carlos Portillo- pueda percibir el mismo dinero de los actuales salarios en la empresa donde estuvo trabajando, sino que únicamente recibe el dinero promediando lo que llegó a aportar.
A esto se suma que existe una fórmula mediante la cual cada año se hacen pequeñas variaciones al monto jubilatorio, para que este suba de acuerdo a la variación del costo de vida, pero en ninguno de los casos se pasará a cobrar lo mismo que la persona que ocupa el cargo donde el jubilado estaba antes. “Por ejemplo, puedo jubilarme con G. 15 millones o G. 20 millones. Después eso se incrementa conforme a la variación del costo de vida, pero una vez que pasé a la situación de pasivo, eso no significa que el director de IPS ahora gana G. 40 millones y a mí me tienen que llevar a G. 40 millones mi jubilación”, expresó.
El funcionario público mencionó que el aportante pasa a ser jubilado cuando cumple 55 años de edad y tiene 30 años de aporte, esto le permite percibir el 80 % del promedio de los últimos 36 meses salarios; cuando cumple 60 años y cuenta con 25 años de aporte, sí podrá recibir el 100 % del promedio de los 36 últimos salarios recibidos, y la tercera modalidad es cuando se cumplen 65 años de edad y se tienen 15 años de aporte, con el beneficio del 60 % promediando los últimos 36 salarios percibidos.
Un dato no menor es que el IPS establece un límite de 20 millones de guaraníes para abonar en concepto de jubilación, según contó Cabral a la radio 730 AM.
¿JUBILACIÓN CON LOS 10 AÑOS DE APORTE?
Otro punto conflictivo es que los senadores, diputados y parlasurianos pretenden jubilarse con 10 años de aporte, siendo esto impensado para el resto de los mortales, a no ser que el trabajador se acoja a la jubilación por invalidez.
El director comentó que, en el caso de la invalidez por enfermedad común y cuando la persona tiene menos de 60 años de edad, la cotización mínima que exige el IPS es de tres años de aporte anteriores al inicio de la incapacidad. La tasa sustitutiva del beneficio será del 50 % del promedio del salario de los 36 meses últimos. Ese porcentaje puede aumentar 1,5 % por cada año de aporte contando recién después de los tres que son requeridos para dar este beneficio.
Cuando uno tiene un accidente de trabajo y queda con una incapacidad absoluta, el IPS podría dar la jubilación, sin siquiera haber aportado ni una sola vez. En este caso, el monto a percibir es del 75 % del salario mínimo vigente cuando ocurrió el accidente. “Yo por ejemplo sufro accidente grave en mi primer día de trabajo, entonces entra en esta modalidad, pese a no haber abonado al IPS”, acotó.





