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Promulgan ley que obliga a revelar nombres de accionistas de las SA

Publicado el 06/10/2017

El Poder Ejecutivo promulgó la ley que incorpora mecanis­mos de funcionamiento de las sociedades anónimas, que establece, entre otras dispo­siciones, que todas las accio­nes al portador deben pasar a ser nominativas.


El Ministerio de Hacienda deber registrar las nominaciones de las acciones de las SA.

Se establece para ello un plazo de 24 meses, incluida la comunicacin a la Abogaca del Tesoro del Ministerio de Hacienda. En caso de incumplimiento, las organizaciones se exponen a una multa que va de 50 a 500 jornales mnimos o la suspensin de actividades.

La finalidad es asegurar la existencia de informacin adecuada, precisa y oportuna sobre el beneficiario final y el control de las personas jurdicas operantes dentro del sistema, explicaron desde el Ejecutivo, que acompa muy de cerca todo el proceso de estudio de la normativa desde su presentacin en la Cmara de Diputados.

En virtud de dicha ley, la sociedad debe constituirse por escritura pblica en que se indicarn el nombre, nacionalidad, estado, profesin y domicilio de los socios, y el nmero de acciones suscriptas por cada uno de ellos; la denominacin y el domicilio de la sociedad, y el de sus eventuales sucursales, dentro o fuera de la Repblica. Debe constar, asimismo, el objeto social, el monto del capital suscripto e integrado, el valor nominal y el nmero de las acciones, el valor de los bienes aportados en especie y las normas segn las cuales se deben repartir las utilidades.

Cabe sealar que el Paraguay ratific diversos instrumentos internacionales aprobados por las Naciones Unidas. En ese sentido, recibi importantes recomendaciones de parte del Grupo de Accin Financiera Internacional, como la incorporacin de medidas preventivas sobre el sector financiero, el mejoramiento de la transparencia en la conformacin y la administracin de las personas jurdicas y la disponibilidad de informacin sobre el beneficiario final de las operaciones.

Se agregan, adems, la necesidad de la designacin de autoridades competentes con facultades de supervisin, inteligencia financiera e investigacin judicial, as como estadsticas, guas, sanciones y otras medidas institucionales.

Fuente: lanacion.com.py
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