Pedro Juan Caballero - 1 de noviembre de 2026
Interamericanas

Recurre a la inconstitucionalidad para cobrar prestación de sus hijos

Publicado el 16/04/2017

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) tiene en sus manos resolver una medida de inconstitucionalidad en un caso de prestación alimentaria. Un Tribunal de Segunda Instancia, en una llamativa medida, bajó el monto mensual que le fue asignado pagar al padre de dos niños en un juicio, a pesar de que se comprobaron lo


El 6 de febrero del 2017, el Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia de la Capital, conformado por los magistrados Manuel Silvio Rodríguez, Fulvia Inmelda Núñez Vera y Aragón y Gloria Elizabeth Benítez Ramírez, dio a conocer el A y S Nº 1 de este año mediante el cual bajó significativamente el monto que venía abonando en carácter de prestación alimentaria un padre a sus dos hijos.

La medida resulta llamativa, teniendo en cuenta que en los trámites judiciales se comprobó que el padre de las dos criaturas fue teniendo un mayor ingreso mensual cada año, debido a que fue escalando posiciones en su lugar de trabajo, en donde ocupa actualmente un puesto ejecutivo.

Además, en un primer fallo, que salió el 5 de agosto del 2016, el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez de la Capital hizo lugar a la demanda que entabló la madre de los dos niños (de 3 y 5 años, respectivamente). En aquel entonces, el Juzgado estableció una suma de G. 4.500.000 como el importe mensual a ser transferido a la cuenta a nombre de las criaturas como prestación alimentaria.

Parte de las medidas aplicadas por el Juzgado también fue que el padre se tenía que hacer responsable de los estudios (pago de colegio) y de la salud (seguro médico) de los niños, gastos que él aceptó hacerse cargo. Todas estas disposiciones se establecieron teniendo en cuenta el nivel económico del padre, que de acuerdo a los documentos tiene un ingreso mensual de entre G. 27 millones a G. 30 millones en su actual puesto laboral.

El expediente 230 de agosto del 2016, del Juzgado de Primera Instancia, determinó los G. 4.500.000 mensuales como pago de manutención teniendo en cuenta que en derecho, el niño tiene un interés superior, y por otro lado, en juicio se comprobó el alto ingreso mensual del padre de estas criaturas. La historia de este caso además arroja otro detalle significativo, en junio del 2013 la mujer denunció por violencia doméstica al padre de sus hijos. La denuncia aparece igualmente en el expediente del caso.

La apelación

La primera medida judicial fue apelada por los abogados del padre de los niños. En su alegato, el papá aseguró que se hará responsable de todo lo concerniente a la educación y salud de ambos niños, además resaltó que el hijo mayor de la pareja (que tiene 11 años) ya vive con él.

En la apelación, la defensa del padre también dijo que él se hará cargo del rubro vivienda para sus hijos y la madre de ellos, pagando unos G. 700 mil mensuales, pero que en el depósito mensual por prestación alimentaria se compromete a abonar unos G. 1.500.000 y no lo que estableció el Tribunal de Primera Instancia.

El Tribunal de Segunda Instancia hizo lugar a esta apelación, mantuvo todos los demás compromisos ya asumidos por el padre, pero redujo de G. 4.500.000 a G. 2.500.000 el monto aprobado en primera instancia en el concepto de prestación alimentaria. Además, en otra medida llamativa impuso las costas del juicio a la madre, o en efecto, que el costo del juicio se debió pagar con el dinero que el padre transfiere mensualmente a favor de sus hijos.

La abogada defensora de la madre de estas dos criaturas apeló el fallo del Tribunal de Segunda Instancia y solicitó una inconstitucionalidad ante la Corte contra esta medida. La letrada afirmó que se violaron principios constitucionales que garantizan derechos del niño, priorizando derechos del padre en varios puntos de la medida del Tribunal de Segunda Instancia.

Además, la abogada asegura que ese monto no es suficiente para hacer frente a los gastos para darle una vida digna y de acuerdo a lo que gana el padre de ambos niños. Hasta ahora, la Corte no se expidió sobre este caso.

El drama de las madres

Para las mujeres paraguayas, obtener la prestación alimentaria de los padres de sus hijos, a través de la Justicia, se vuelve un verdadero calvario. El proceso judicial, engorroso y burocrático hace que muchas madres finalmente desistan y decidan criar solas a sus niños. La Nación publicó la historia de un par de mujeres que sufren con el sistema judicial para poder cobrar la manutención a sus ex parejas a favor de sus hijos y a partir de ahí, la situación explotó.

Decenas de casos se expusieron en las redes sociales y otras varias mujeres llamaron a la redacción a contar sus historias. En todos se da el mismo patrón; padres que no se hacían responsables de sus hijos y la lentitud de la Justicia para poder cobrar lo que establece la ley.

Solamente en el 2016, se registró la apertura de entre 12 mil a 15 mil juicios, ya sea por prestación o filiación, según datos de la Defensoría Pública. De esta cantidad, 4.190 juicios por prestación alimentaria se mantienen en curso. Y estos son los casos que llegan a judicializarse.

Igualmente, según cifras del Poder Judicial, entre el 2014 y el 2015, el sistema judicial paraguayo detectó un total de 547 casos, en donde los padres incumplieron el deber legal alimentario. De estos 547 casos, sin embargo, apenas en 27 trámites los padres llegaron a ser condenados.

En setiembre del 2015, y ante la cantidad creciente de hombres que dejaban de atender con la prestación alimentaria a sus hijos, se creó la Ley Nº 5.415, que habilitó el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), un sistema que rastrea a los padres con cuentas abiertas y que no cumplen con el monto acordado para la manutención de sus hijos.

En el 2006 habían 24.198 cuentas abiertas, que movilizaron unos G. 3.800 millones. Hoy día, se registran 120 mil cuentas abiertas con un movimiento monetario que supera los G. 20.402 millones para el sector bancario.

Agilizar trámites

El pasado 20 de marzo, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó a todos los juzgados de la Niñez y la Adolescencia del país informar sobre los trámites que están con morosidad judicial en procesos abiertos por asistencia alimenticia a menores de edad.

El pedido salió después de las publicaciones de La Nación sobre el tema, en las que se detallaban el calvario que sufren las mujeres paraguayas en los procesos judiciales. Esta medida de la Corte ya dio sus primeros frutos, ya que muchos Juzgados ya empezaron a agilizar las medidas para que las madres puedan cobrar.

Fuente: lanacion.com.py
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