La soberanía y el trato justo para Paraguay están en juego
Una revisión en detalle de lo que implica el Anexo C desde la mirada técnica, política y diplomática de expertos permitirá a la ciudadanía comprender la importancia de jugar con nuestras mejores cartas ante Brasil. Las negociaciones ya se iniciaron y se encaminan a agosto del 2023, cuando finalmente se cancelará la deu
El Anexo C prev que las disposiciones sern revisadas despus de transcurrido un plazo de 50 aos a partir de la entrada en vigor del Tratado, que fue el 13 de agosto de 1973.FOTO:ARCHIVO
La soberana del pas est en juego con la revisin del Anexo C del Tratado de Itaip y es crucial que nuestras autoridades y representantes jueguen sus mejores cartas durante las negociaciones llevadas a cabo en la Itaip Binacional con la margen izquierda, Brasil, para lograr un trato justo para ambas naciones y, principalmente, para Paraguay.

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La Nacin, consciente de la importancia de Itaip para el pas, presenta una serie de publicaciones sobre las visiones de expertos en el tema, desde una mirada tcnica, poltica y diplomtica, pero con un lenguaje sencillo y de fcil comprensin para toda la ciudadana. Para nosotros, como medio de comunicacin, es crucial exponer las claves de Itaip a todos nuestros lectores.
Arrancamos la serie con el ingeniero ngel Mara Recalde, ex titular de la Administracin Nacional de Electricidad (Ande), ex miembro del Consejo de Administracin de Itaip y ex director paraguayo de la Entidad Binacional Yacyret (EBY), quien realiza un breve resumen sobre el tratado y los anexos para adentrarse en el Anexo C y explicar qu implica.
Recalde inicia la conversacin contando que en el mes de abril de 1973, luego de largas negociaciones, representantes de Paraguay y de Brasil suscriben el Tratado de Itaip, que est compuesto de un cuerpo principal y tres anexos (A, B y C). El primero, en sus 25 artculos, define las lneas generales del emprendimiento y los anexos, la forma de realizarlo.
El Anexo A es el Estatuto de la Itaip Binacional; el Anexo B contiene la descripcin general de las instalaciones a ser construidas y el Anexo C sienta las bases financieras y de prestacin de los servicios de electricidad de la Itaip, detalla el ingeniero electricista, egresado de la Facultad de Ingeniera de la Universidad Nacional de La Plata, Argentina.
La revisin del Anexo C es la que est en discusin y por tanto concentra toda la atencin actualmente. Detalla que en el Anexo C se puede observar que el emprendimiento opera al costo, o, dicho de otra manera, no busca ningn beneficio econmico como tampoco contempla la existencia de prdidas. De ah que el costo del servicio de electricidad (CSE) debe ser cubierto por los ingresos provenientes por la contratacin de potencia de parte de las entidades compradoras (Ande, de Paraguay, y Eletrobrs, de Brasil), precisa.
ngel Mara Recalde explica qu implica el Anexo C.
ALQUILA POTENCIA
Explica que es bueno comentar que Itaip no comercializa energa, sino que alquila la potencia que pone a disposicin de los compradores. Para explicar la diferencia entre vender potencia y no energa, el ingeniero recurre a un ejemplo prctico: Supongamos que un productor tiene que transportar, en forma permanente, cargas de un punto a otro, para poder hacerlo tiene dos opciones, alquilar camiones o contratar el flete para el transporte. La potencia elctrica es comparable a la capacidad de carga de cada camin alquilado y la energa sera comparable al transporte realizado a una determinada distancia.
La diferencia importante que existe entre ambos conceptos, desde el punto de vista econmico, es que si se alquilan camiones, deben ser abonados independientemente de si son utilizados o no; mientras que si se contratan fletes, solamente se paga si el traslado se realiza.
Un hecho particular ocurri en 1973 cuando se decidi vender (alquilar en forma mensual) potencia y no energa y Recalde revela el porqu: Tiene su explicacin en asegurar los ingresos necesarios para poder construir, operar, mantener y cumplir con los compromisos financieros derivados de la construccin, en forma independiente a la energa que se pueda producir.
TARIFA DE ITAIP
El extitular de la Ande cuenta que una vez obtenido el costo del servicio de electricidad (CSE) para un determinado ao, se define cul es la potencia disponible para contratacin. Esta se obtiene restando a la potencia total instalada (14.000 MW), la potencia de 2 unidades que deben permanecer disponibles para mantenimiento (1.400 MW), luego se resta la potencia requerida para consumo propio y para la reserva de potencia y se dispone as de la potencia que mes a mes la Itaip pondr a disposicin de las entidades compradoras. El valor de la potencia a alquilar mensualmente es de 12.136 MW (12.136.000 kW), expone.
El CSE para el ao se divide por la potencia disponible para contratacin en los doce meses del ao y se obtiene el costo unitario del servicio de electricidad (CUSE), ms conocido como tarifa de Itaip. El valor mensual de la tarifa est expresado en US$/kW, o ms comnmente en US$/kW-mes.
As, cuando se habla de una tarifa de 22,60 US$/kW-mes, estamos diciendo que el alquiler mensual de 1 kW de potencia cuesta 22,60 dlares. Luego, si multiplicamos por la potencia disponible expresada en kW y por 12 meses, se obtiene la friolera suma de US$ 3.291.000.000 al ao. Este monto es el requerido para cubrir los 7 conceptos contenidos en el CSE, detalla.
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FUERTE DESCENSO DEL CSE
En las condiciones de abastecimiento del Anexo C se prev que cada entidad, en el ejercicio de su derecho a la utilizacin de la potencia instalada, contratar con la Itaip, por perodos de veinte aos, fracciones de la potencia instalada en la central elctrica, en funcin de un cronograma de utilizacin que abarcar este perodo e indicar, para cada ao, la potencia a ser utilizada. Sin embargo, el ex titular de la EBY revela que los veinte aos previstos originalmente, por medio de una nota reversal, fueron divididos en dos perodos de diez aos, pero en la prctica se ha venido haciendo la contratacin en forma anual.
Recalde aade que, en su parte final, el Anexo C prev que las disposiciones del presente Anexo sern revisadas, despus de transcurrido un plazo de cincuenta aos a partir de la entrada en vigor del Tratado, . Por tanto, habiendo entrado en vigor el Tratado el 13 de agosto de 1973, se vuelve exigible para las partes revisar el Anexo C a partir del 13 de agosto del 2023.
Ahora bien, el 2023 es cuando se va a cancelar la deuda que la Itaip mantiene con Eletrobrs y eso de por s traer un fuerte descenso en el costo del servicio de electricidad, ya que el pago de los intereses ms la amortizacin (servicio de la deuda) representan actualmente el 63% del CSE, lo que supondra una disminucin de la tarifa en ese mismo orden, explica.
Agrega que, en la prctica, ya este 2022 se producir una disminucin de ms de 600 millones de dlares en concepto de servicio de la deuda, lo que ya presentar en este ao una tendencia de disminucin del CSE, que solo podr mantenerse en caso de aumentarse en ese mismo monto, en los otros gastos previstos en el Anexo C.
SEGUIMOS SIN ACUERDO
Brasil y Paraguay inician el ao sin haber logrado un acuerdo sobre el precio de la tarifa de Itaip. Sin embargo, los representantes paraguayos creen que habr un entendimiento entre laspartes, incluso, antes de que el consejo de la entidad binacional vuelva a reunirse el prximo 23 de febrero. Cabe aclarar que los brasileos insisten con la aplicacin directa del Anexo C, la reduccin de la tarifa; mientras que Paraguay se mantiene en la posicin de que la tarifa siga en 22,60 US$/kW-mes.
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