Pedro Juan Caballero - 17 de octubre de 2026
Interamericanas

Peña promulga “jubilación vip” en medio de reacomodo de fuerzas por crisis colorada

Publicado el 16/10/2026

La Ley N.º 7714, que permite a diputados y senadores jubilarse con el 80% de sus ingresos tras 15 años de aportes y con 60 años de edad, fue promulgada y publicada en la Gaceta oficial en medio de una disputa por el liderazgo de Honor Colorado y de intensas negociaciones entre legisladores oficialistas.


Los parlamentarios seguirán disfrutando de sus privilegios, entre ellos la polémica jubilación vip.

Foto: Renato Delgado

El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó la Ley N.º 7714, que modifica el Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los miembros del Poder Legislativo, conocido como la “jubilación vip”, en un momento de reacomodo de fuerzas dentro de Honor Colorado.

La normativa había quedado sancionada automáticamente en agosto pasado, luego de que la Cámara de Diputados no la tratara dentro del plazo constitucional. El Senado introdujo modificaciones que en algunos puntos, pero mantuvieron la esencia del régimen especial.

Su posterior promulgación y publicación en la Gaceta Oficial formalizaron el proceso legislativo.


La normativa conserva uno de los puntos más cuestionados del régimen parlamentario: la posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria equivalente al 80% del promedio de las dietas y gastos de representación con 60 años de edad y 15 años de aportes.

El contraste con el régimen general del Instituto de Previsión Social (IPS) es significativo. Un trabajador del sector privado necesita 25 años de aportes y 60 años de edad para acceder a la jubilación ordinaria con el 100% del promedio salarial, de acuerdo con las reglas generales del sistema.

El monto mensual que percibirá el beneficiario bajo esta modalidad será el 60% del promedio de lo percibido en concepto de dietas y gastos de representación durante los últimos ciento veinte meses de aporte efectivo.

Si un afiliado se retira habiendo cumplido el tiempo de aporte, pero no la edad requerida, el beneficio se le otorgará recién una vez que alcance los sesenta años.

La Comisión Administradora puede admitir solicitudes para completar la cantidad de años mínimos de aporte requeridos para acceder a este beneficio en caso de que el legislador no cuente con aportes suficientes.

Los parlamentarios que durante el periodo legislativo 2023-2028 completen el número de aportes exigidos para la jubilación extraordinaria bajo la ley anterior (Ley N° 6112/2018), mantendrán el derecho a jubilarse bajo esas condiciones.

En caso de no completar los periodos requeridos para jubilarse, el legislador tiene el derecho exclusivo de retirar hasta el 95% de todo lo aportado. Este mecanismo de devolución no existe en el sistema previsional de los ciudadanos comunes, donde el dinero se pierde o se congela si no se alcanzan los mínimos legales.

La promulgación se da en medio de la disputa entre el presidente de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Horacio Cartes, y el sector encabezado por Santiago Peña y el vicepresidente Pedro Alliana, que abrió una etapa de negociaciones y reacomodos entre diputados, senadores, gobernadores y otros referentes colorados.

ultimahora.com

  •  
Buscador
Lo Ultimo